Tal y como señala la
Comisión de las Comunidades Europeas, la discriminación por edad supone un
enorme despilfarro de potencial humano. En la Comunicación de la Comisión de
las Comunidades Europeas al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité
Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 3 de marzo de
2004, (DOCUMENTO Nº. 2) se señala
textualmente lo siguiente:
“El
bajo nivel de empleo de los trabajadores de más edad en Europa es un
despilfarro de oportunidades en la vida de las personas y de potencial
social. A medida que crece la esperanza de vida y que la generación del boom
demográfico provoca una enorme expansión de la franja de edad entre 55 y 64
años, esta pérdida se hace cada vez más insostenible. Debido al continuo
aumento de la longevidad, las personas tienen más oportunidades de
desarrollar su potencial durante una vida más larga. Sin embargo, si no
tienen suficientes posibilidades de participar en el empleo, sus condiciones
de vida no alcanzarán plenamente su nivel potencial”.
“(…)
El
pleno aprovechamiento del potencial de las personas de todas las edades a lo
largo de su ciclo vital es el principio rector de la estrategia de la Unión
Europea ante el envejecimiento de la población en edad laboral. No se debe
tener la imagen de que los trabajadores de más edad sólo son otro grupo
vulnerable que requiere especial atención, sino de que son un componente
central de la oferta de mano de obra y un factor clave del desarrollo
sostenible de la Unión Europea”.
Llama la atención cómo las
propias Administraciones Públicas despilfarran el potencial humano de un
enorme número de aspirantes que se ven excluidos de numerosos procesos
selectivos a edades muy tempranas (en torno a los treinta años de edad) en
perjuicio de dichos aspirantes pero también, en perjuicio de dichas
Administraciones Públicas, y por ende, de la sociedad en general.
Suele esgrimirse, en
defensa de los límites de edad, que dichos límites de edad se exigen para
seleccionar a las personas más capaces para un puesto de trabajo
determinado.
Sin embargo, justificar
un límite de edad en una supuesta e hipotética mayor capacidad de los que
no rebasan ese límite de edad con respecto a los que sí superan
esa edad es algo del todo irracional puesto que el resultado práctico del
límite de edad juega en contra precisamente de la selección de las personas
más capaces.
Si no existieran los
límites de edad, se seleccionaría a las personas más capaces de entre todas
las interesadas en concurrir a un proceso selectivo. Sin embargo, con el
límite de edad no puede seleccionarse a aquellas personas que a pesar de
rebasar ese límite de edad puedan tener mejores méritos o capacidades que
otros aspirantes que aún no la han llegado a rebasar.
En otras palabras, no
debe olvidarse que, si al eliminar los límites de edad llegasen a superar
los procesos selectivos personas que rebasan las edades límites ahora
vigentes, será porque con independencia de su edad estas personas habrán
podido demostrar una mayor capacidad que aquellos otros aspirantes que aun
teniendo menos edad no son capaces de superar a aquellas personas de mayor
edad.
Y si realmente fuese
cierto (que evidentemente no lo es) que las personas que superan un
determinado límite de edad son necesariamente menos capaces que aquellas
otras personas que no superan dicho límite de edad, ningún problema habría
en eliminar los límites de edad, porque en tal caso bastaría el propio
proceso selectivo para descartar a las personas mayores presuntamente menos
capaces, máxime cuando en los procesos selectivos donde se incluyen límites
de edad se incluyen a su vez pruebas físicas y médicas. |