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DOSSIER DE PROYECTO CONTRA LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD

 

  1. INTRODUCCIÓN

  2. LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD COMO FENÓMENO SOCIALMENTE NOCIVO

  3. SITUACIÓN ACTUAL: GRAVE Y EXTENDIDA DISCRIMINACIÓN POR EDAD

  4. FACTORES QUE POSIBILITAN Y FAVORECEN LA GRAVE SITUACIÓN ACTUAL

  5. POSIBLES LÍNEAS DE ACTUACIÓN

  6. DIFICULTADES EN LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN POR EDAD

  7. EL PAPEL DE LA ASOCIACIÓN STOP-DISCRIMINACIÓN

  8. ÉXITOS JURÍDICOS

  9. ÉXITOS EN EL ÁMBITO DE LA INFORMACIÓN Y CONCIENCIACIÓN

  10. ÉXCELENCIA PROFESIONAL DEL PERSONAL A CARGO DEL PROYECTO

- 8. ÉXITOS JURÍDICOS -

a.    El reto de la introducción y consolidación de una línea jurisprudencial favorable

La inexistencia de una base jurisprudencial definida, clara, segura y consolidada que pueda otorgar a los afectados por un caso de discriminación por edad la seguridad de que en caso de impugnar judicialmente un trato discriminatorio por razón de edad, obtendrán una sentencia favorable que les restituya en su derecho a no ser discriminados por razón de edad, hace del todo necesario trabajar en el sentido de introducir y consolidar una línea jurisprudencial que proporcione a los afectados por este tipo de tratos discriminatorios, la seguridad de que si los impugnan judicialmente obtendrán una respuesta favorable por parte de los Juzgados y Tribunales.

Evidentemente, si no existe la seguridad de que al impugnar un trato discriminatorio se va a obtener el amparo de los Juzgados y Tribunales, difícilmente serán denunciados dichos tratos discriminatorios, y de poco servirá la información de que dispongan los afectados sobre un derecho que no se puede hacer valer ante los Tribunales, y una normativa que no se cumple. Por este motivo, este objetivo se constituye en piedra angular de la lucha contra la discriminación por edad.

b.    Dificultad del reto

Una vez establecida la enorme importancia y trascendencia que puede tener la introducción y consolidación de una línea jurisprudencial favorable (apartado anterior), debe subrayarse la extraordinaria e intrínseca dificultad que entraña dicho reto y que se constata por el hecho de que los Tribunales de Justicia, las Administraciones Públicas, e incluso instituciones como el Ministerio Fiscal y los Defensores del Pueblo, estatal y autonómicos, defienden y han defendido mayoritariamente la legalidad de diferentes límites de edad (Capítulo 6).

c.    Logros jurídicos

El equipo jurídico de nuestra Asociación ha logrado, a pesar de las dificultades señaladas en el apartado anterior, eliminar el límite de edad de 36 años exigido en una convocatoria para el ingreso en un Cuerpo de Bomberos, anulándose por Sentencia firme del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de 4 de junio de 2007, dicho límite de edad (ver noticia).

Tras dicha eliminación, ha sido posible la emisión de otras sentencias y resoluciones anu­lando otros límites de edad (como es el caso, por citar sólo un ejemplo, del límite que se venía exigiendo en el Ayuntamiento de Burgos –DOC. Nº. 19-) que han si­do recurridos con cita de la Sentencia obtenida por nuestro equipo jurídico que de esta manera deja sentir su influencia en la lucha jurídica contra la discriminación por edad.

Todo lo anterior, da buena muestra de la importancia que puede tener la introducción y consolidación de una línea jurisprudencial favorable a la hora de romper las inercias y las barreras actualmente existentes en la lucha contra la discriminación por edad.

Asimismo, se ha logrado demostrar que contando con un equipo jurídico debidamente especializado en la lucha contra la discriminación y defensa de los derechos fundamentales es posible obtener Sentencias favorables aún a pesar del criterio sostenido hasta el momento por buena parte de los Juzgados y Tribunales, por el Ministerio Fiscal y por la mayor parte de los Defensores del Pueblo, estatales o autonómicos.

 


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