a.
El reto de la
introducción y consolidación de una línea jurisprudencial favorable
La inexistencia
de una base jurisprudencial definida, clara, segura y consolidada que pueda
otorgar a los afectados por un caso de discriminación por edad la seguridad
de que en caso de impugnar judicialmente un trato discriminatorio por razón
de edad, obtendrán una sentencia favorable que les restituya en su derecho a
no ser discriminados por razón de edad, hace del todo necesario trabajar en
el sentido de introducir y consolidar una línea jurisprudencial que
proporcione a los afectados por este tipo de tratos discriminatorios, la
seguridad de que si los impugnan judicialmente obtendrán una respuesta
favorable por parte de los Juzgados y Tribunales.
Evidentemente, si no existe la
seguridad de que al impugnar un trato discriminatorio se va a obtener el
amparo de los Juzgados y Tribunales, difícilmente serán denunciados dichos
tratos discriminatorios, y de poco servirá la información de que dispongan
los afectados sobre un derecho que no se puede hacer valer ante los
Tribunales, y una normativa que no se cumple. Por este motivo, este objetivo
se constituye en piedra angular de la lucha contra la discriminación por
edad.
b.
Dificultad del reto
Una vez
establecida la enorme importancia y trascendencia que puede tener la
introducción y consolidación de una línea jurisprudencial favorable
(apartado anterior), debe subrayarse la
extraordinaria e intrínseca dificultad que entraña dicho reto y que se
constata por el hecho de que los Tribunales de Justicia, las
Administraciones Públicas, e incluso instituciones como el Ministerio Fiscal
y los Defensores del Pueblo, estatal y autonómicos, defienden y han
defendido mayoritariamente la legalidad de diferentes límites de edad (Capítulo 6).
c.
Logros jurídicos
El equipo
jurídico de nuestra Asociación ha logrado, a pesar de las dificultades
señaladas en el apartado anterior, eliminar el límite de edad de 36 años
exigido en una convocatoria para el ingreso en un Cuerpo de Bomberos,
anulándose por Sentencia firme del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente, de 4 de junio de 2007, dicho límite de edad (ver
noticia).
Tras dicha
eliminación, ha sido posible la emisión de otras sentencias y resoluciones
anulando otros límites de edad (como es el caso, por citar sólo un ejemplo,
del límite que se venía exigiendo en el Ayuntamiento de Burgos –DOC. Nº. 19-) que han sido recurridos
con cita de la Sentencia obtenida por nuestro equipo jurídico que de esta
manera deja sentir su influencia en la lucha jurídica contra la
discriminación por edad.
Todo lo
anterior, da buena muestra de la importancia que puede tener la introducción
y consolidación de una línea jurisprudencial favorable a la hora de romper
las inercias y las barreras actualmente existentes en la lucha contra la
discriminación por edad.
Asimismo, se
ha logrado demostrar que contando con un equipo jurídico debidamente
especializado en la lucha contra la discriminación y defensa de los derechos
fundamentales es posible obtener Sentencias favorables aún a pesar del
criterio sostenido hasta el momento por buena parte de los Juzgados y
Tribunales, por el Ministerio Fiscal y por la mayor parte de los Defensores
del Pueblo, estatales o autonómicos.
|